Instancias específicas PNC

El Punto Nacional de Contacto, como mecanismo de buenos oficios y/o mediación, tiene las siguientes particularidades:

  • Instancia consensual/no contenciosa: la resolución de disputas a través de la mediación del PNC permite a las partes integrar un proceso orientado a alcanzar un acuerdo mutuo. En el largo plazo, se propone que su sistema pueda contribuir a un involucramiento constructivo y más continuo entre empresas y ciudadanía.
  • Alcance transnacional: el PNC es el único mecanismo de reclamo no contencioso y de base estatal para el manejo de controversias relacionadas a acciones y actividades de empresas multinacionales que han generado un impacto adverso en su entorno social y/o ambiental.
  • De amplio alcance: las Líneas Directrices reflejan los estándares de los Principios Rectores de la ONU para Empresas y Derechos Humanos y las Declaraciones de la OIT (en particular, la Declaración Tripartita de Principios sobre las Empresas Multinacionales), para su puesta en práctica.

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