Solicitud de instancia específica ante el Punto Nacional de Contacto

Una instancia específica se refiere a un caso que es presentado por cualquier persona natural o jurídica sobre el supuesto incumplimiento de las Líneas Directrices de la OCDE por parte de una empresa multinacional. Con la solicitud se inicia un proceso en el cual el PNC analiza los hechos presentados y antecedentes a la luz de las Líneas Directrices lo que le permitirá concluir si existe mérito y posibilidad de contribución a lo planteado, para avanzar a un examen más detallado. 

En esta sección encontrará los canales disponibles para presentar su solicitud ante el Punto Nacional de Contacto. Para ello, es necesario que previamente consulte las Líneas Directrices de la OCDE y las Reglas de Procedimiento del PNC dispuestos al final de esta página en Información y consultas sobre el proceso.

Las circunstancias actuales generadas por el Covid-19 han impactado la labor del Punto Nacional de Contacto. Lo anterior podría generar demoras y adaptaciones en la ejecución de los procesos. En caso de dudas, por favor realice sus consultas aquí.

Canales para presentar una solicitud:

  1. Vía formulario en línea: Acceder al formulario, en el cual deben completarse todos los antecedentes indicados y adjuntarse los documentos que se estimen esenciales para respaldar la solicitud.
    Ingresar al formulario
  2. Vía correo postal: Descargar, imprimir y completar el formulario de solicitud de instancia específica disponible en este enlace, junto con los antecedentes que estime necesarios para respaldar su solicitud. Enviarlo mediante correo postal al Punto Nacional de Contacto, SUBREI, Ministerio de Relaciones Exteriores. Teatinos 180, Santiago de Chile. Si viene personalmente, ingresar la documentación en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales (SUBREI), ubicada en Bombero Salas 1345, Santiago.

El PNC podrá requerir antecedentes adicionales, de estimarse necesario.

Información y consultas sobre el proceso:

Revise las Reglas de Procedimiento para Instancias Específicas del PNC de Chile, así como el capítulo Guía de Procedimiento y el Comentario sobre los Procedimientos de Implementación, en la Parte II de las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales:

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