La comunidad internacional, a través de la Convención sobre los Derechos de los Niños (CDN) reconoce a los niños, niñas y adolescentes como titulares de sus propios derechos, que requieren protección y atención especial. En este sentido, la creciente atención al papel de la empresa en la sociedad ha tenido un especial énfasis en el impacto de la actividad empresarial en los derechos de los menores de edad
En el marco de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, se ha desarrollado una normativa global para prevenir la vulneración de derechos humanos relacionados con la actividad empresarial. Estos Principios se aplican prestando especial atención a los derechos y necesidades de poblaciones con mayores riesgos de vulnerabilidad y marginación, incluyendo los niños, niñas y adolescentes.
Indiscutiblemente, los menores de edad son actores claves para las empresas, ya sea como consumidores, familiares de trabajadores o jóvenes trabajadores. A su vez, al ser miembros de las comunidades en las que actúan las empresas, los derechos de los niños, niñas y adolescentes se ven impactados, directa o indirectamente, en el contexto de la actividad corporativa.
Es inevitable que las empresas, independientemente de su tamaño, sector, localización, propiedad o estructura y, en todas sus operaciones, productos, servicios, métodos de marketing y prácticas de distribución, interactúen con menores y afecten sus vidas de un modo.
Las empresas tienen la responsabilidad de evitar cualquier tipo de vulneración de los derechos del niño y de responder ante cualquier impacto negativo en relación con la operación de la empresa. Esta responsabilidad se extiende a todas las actividades corporativas, al igual que el relacionamiento comercial (operaciones, productos y servicios). Durante el proceso de creación de valor por parte de la empresa, su actividad productiva debe estar guida por la debida diligencia en derechos humanos, en busca de evitar impactos negativos o consecuencias indeseadas sobre poblaciones vulnerables, como los niños menores de edad.
Hasta el momento, la responsabilidad de la empresa se ha concentrado principalmente en la prevención y eliminación del trabajo infantil ilegal en la cadena de suministros, la presencia de niños en instalaciones empresariales y la exposición de menores a productores industriales.
En este sentido, las empresas deben cumplir con su responsabilidad de proteger los derechos del niño contribuyendo a la erradicación del trabajo infantil en todas las actividades empresariales, proporcionando trabajos dignos a jóvenes trabajadores, y garantizando la protección y seguridad de los menores, a través de operaciones, productos y servicios seguros. Así mismo, las empresas deben prevenir, identificar y mitigar daños causados a jóvenes trabajadores y concienciarse de su vulnerabilidad y necesidades especiales.
Adicional a la responsabilidad de la empresa de respetar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la empresa debe también incentivar acciones voluntarias que busquen promover los derechos de los menores por medio de actividades empresariales, inversiones sociales estratégicas, participación en políticas públicas y trabajo coordinado con organizaciones y entes gubernamentales.
Asimismo, incorporando el respeto y apoyo a los derechos de los menores de edad en sus estrategias y operaciones, las empresas tienen la oportunidad de fortalecer sus iniciativas y desarrollar, de forma responsable y consciente, su actividad comercial.
El impacto de las operaciones empresariales se puede extender también a métodos de marketing, prácticas de distribución y otras operaciones empresariales.
En cuanto a las políticas de marketing y publicidad, las empresas deben utilizarlas como herramientas para promover los derechos de la infancia y reforzar mensajes positivos acerca de la niñez, al igual que para proteger a menores afectados por situaciones de emergencia y reforzar esfuerzos gubernamentales en la materia.
Indiscutiblemente, las empresas cada vez están más conscientes de su responsabilidad con los derechos de los menores y se encuentran activamente comprometidas con la prevención de impactos adversos de la actividad empresarial sobre la infancia.
Es por esto por lo que las empresas deben promover, respetar y apoyar los derechos de los niños, niñas y adolescentes de forma integral, a través de una política empresarial que garantice el ejercicio de una ciudadanía empresarial responsable, en todas sus dimensiones.
La Convención de los Derechos de los Niños (CDN) es la convención de derechos humanos más aceptada en la historia y ha sido ratificada por la mayoría de los países del mundo. La CDN no solo está dirigida a los Estados, que sin duda tienen la obligación principal respecto a los derechos de los menores de edad, sino también a las empresas y sus actividades de forma global, que desempeñan un papel esencial en las estrategias de protección y promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
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